martes, 12 de julio de 2011

BOLETA UNICA: UN PASO ADELANTE

Por Roberto Birri: Presidente del bloque del Frente Cívico




El próximo 7 de agosto, en oportunidad de la elección de autoridades provinciales, Gobernador, Legisladores departamentales y por distrito único, miembros del Tribunal de cuentas y en algunas localidades autoridades locales se producirá un hecho histórico para Córdoba, en dicha jornada hará su debut la boleta única como instrumento único de sufragio. El camino recorrido hasta su implementación no ha sido fácil, por el contrario las marchas y contra marchas han caracterizado todo el proceso desde los primeros debates, hasta el día de hoy cuando radican importantes dudas a cerca de cómo la población recibe la información de esta novedad, en que cantidad y de que calidad lo hace, y además quienes son los responsables de transmitir ese conocimiento.


La reforma electoral sancionada por el Poder Legislativo de la Provincia tiene, en el marco de un saldo favorable, sus luces y sus sombras. En el haber se anota claramente la denominada boleta única que posibilitará resolver algunos de los problemas que sufrimos el 2 de septiembre de 2007. Este sistema comenzó a usarse en Australia en 1856, y el Estado de Nueva York empezó a aplicarlo en 1889. La mayoría de los países de América latina lo adoptaron, excepto Uruguay que tiene Ley de Lemas y nuestro país que en cada elección, con la sola excepción de los extranjeros y los presos sin condena, sigue acumulando toneladas y toneladas de papel -las boletas por partidos-, a esta altura casi una excentricidad argentina..


En esta modalidad, el ciudadano elija sus candidatos o el número de la lista a través de un sistema de marcas, a la vez que se .delega en el Poder Judicial la impresión y distribución de boletas como ocurre en España.


Las ventajas son varias: La primera es una significativa disminución del gasto electoral, toda vez que se imprimen solo un poco más de boletas de la cantidad total de electores, las suficientes para todos los votantes y dotadas de un mecanismo de seguridad que impida su reproducción.


Luego, es el propio Estado el garante de que la gente pueda elegir entre todos los candidatos, aunque algún partido no tenga fiscales en esa mesa. Actualmente la responsabilidad de que estén las boletas de sufragio en el cuarto oscuro recae sobre los partidos políticos, y va de suyo que solo los partidos grandes o los que estàn en el poder cumplen con ese cometido. Los mas chicos tienen serias dificultades por falta de personal y de recursos.


A su vez, elimina de cuajo la sumatoria de votos, puesto que solo puede ir un candidato por partido político o alianza, como dice la Constitución, a la vez que imposibilita que varios candidatos puedan recolectar votos para una categoría electoral superior.


Finalmente también se limita el clientelismo politico y la irrupción de los aparatos partidarios, a travès de la distribución previa de boletas, el "voto cadena" o el trabajo de fuerzas políticas que el día anterior entregan el voto a la gente. La implementación de una Boleta Única impide, además, la práctica ilegal, pero frecuente, del robo de boletas.


Los mencionados son los aspectos positivos de su implementación que para ser plenamente eficaz requiere de una activa y decidida tarea de difusión por parte del gobierno provincial, para que sea asimilado por la totalidad de los electores, lo que hasta el momento no ha ocurrido. De lo contrario el próximo 7 de agosto a la hora del escrutinio nos podemos encontrar con un altísimo porcentaje de votos nulos que neutralizará las bondades del nuevo sistema


Como oportunamente fuera planteado por el bloque del Frente Cívico, la propuesta de boleta ùnica fue acompañada por otra reforma superadora como lo es la confección de padrones mixtos y eliminar una rémora del pasado como es la división de los padrones por sexo.


Un ordenamiento por orden alfabético, suprime una discriminación entre hombres y mujeres que resulta injustificable ante la garantía de igualdad reforzada en la Constitución Nacional y los instrumentos internacionales sobre derechos humanos con jerarquía constitucional (art. 75 inc. 22, CN) por la reforma de 1994.


Sin perjuicio de lo expuesto, debo reiterar que cualquier avance parcial que se pretenda realizar serà insuficiente, sinò se produce la modificaciòn del sistema de representación de mayorías y minorias, que, sin vicios de hegemonìa, expresen la representación de la voluntad de los ciudadanos con un sano criterio de proporcionalidad, que evite la reproducción de situaciones como la producida en las elecciones del 02 de septiembre de 2007, cuando la fuerza electoral que obtuvo menos de un punto porcentual de diferencia sobre la segunda, obtiene 37 legisladores contra 17 de su inmediato perseguidor.


                        

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